por: Yesimar Gerdler
07/12/2018 | 12:30 pm
Pixabay
El Tribunal Constitucional (TC) de Chile declaró inconstitucional el Reglamento de Objeción de Conciencia de la ley de aborto terapéutico, que regulaba la intervención de los hospitales privados.
Este medida permitirá a los centros de salud negarse a practicar la interrupción de embarazos.
El TC acogió el recurso presentado por varios senadores de derecha, que buscaba cancelar el Reglamento de Objeción de Conciencia argumentando que quitaba el derecho constitucional de estas clínicas a negarse a practicar abortos.
La regulación establecía que las clínicas privadas que tenían convenios con el Ministerio de Salud no podían negarse a practicar abortos «cuando contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología» que por su naturaleza comprendan «atenciones en pabellón».
Asimismo, el reglamento permitía la objeción a las clínicas privadas que no disponían de convenios estatales, pero las obligaba a derivar a la paciente que había pedido el aborto a otro centro médico.
El despacho de salud chileno anunció que acatará el fallo, de manera que una vez conocida la sentencia, adoptará todas las medidas que sean necesarias para implementar lo resuelto.
El tribunal informó que la sentencia será expedida y notificada «a más tardar el 8 de enero de 2019 dentro de los plazos que establecen nuestra ley orgánica constitucional».