Bancos no exigirán monto mínimo para abrir cuentas en dólares en el país
Las personas que deseen abrir una cuenta de dólares en bancos universales, autorizados por Banco Central de Venezuela (BCV), no tendrán que disponer de un monto mínimo para realizar dicha apertura, esto, de acuerdo a lo publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 40002 de fecha 6 de septiembre de 2012.
El texto también precisa que los bancos no podrán exigir requisitos adicionales a aquellos exigidos para abrir una cuenta en moneda nacional.
En su artículo 10 (uno de los más importantes), la norma fija que “las cuentas en moneda extranjera a las que se refiere la presente Resolución no podrán ser emitidas chequeras. Asimismo, en ningún caso podrán hacerse transferencias entre las cuentas en moneda extranjera reguladas en esta Resolución, y queda prohibida la recepción de cheques en moneda extranjera emitidos con cargo a las mismas”.
Los retiros en estas cuentas se tienen que efectuar en bolívares al tipo de cambio vigente o también pueden instruir a los bancos a que compren en el mercado internacional bonos para luego ser vendidos en el Sitme.
Por último, Nelson Merentes, presidente del Banco Central de Venezuela (BCV), informó que la principal exigencia que se hará a las personas que deseen abrir una cuenta en dólares en un banco local “es que la procedencia de las divisas sea lícita”.


